Sumario: | En el contexto en el que se desarrollan las actividades de las organizaciones (3.20) mínimamente complejas, pueden cometerse delitos en su beneficio, especialmente aquellos vinculados con la actividad económica. Las organizaciones (3.20) respetuosas de la legalidad pueden, mediante el establecimiento de una adecuada cultura (3.8) organizativa del cumplimiento, influir significativamente para evitar o, al menos, reducir el riesgo (3.28) de comisión de dichas conductas. El establecimiento de esta cultura (3.8) de cumplimiento se ha venido asociando cada vez en mayor medida a la responsabilidad social corporativa, permitiendo distinguir a los "buenos ciudadanos corporativos" de aquellos (3.20) que no respetan en idéntica medida la legalidad.
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